28/09/2016

Argentina

El Ministerio de Energía obliga a abonar las facturas impagas en cuatro cuotas

La orden llega luego de que queden sin efecto las distintas medidas cautelares que suspendieran transitoriamente la aplicación de los ajustes de los cuadros tarifarios.
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Se estableció cómo se pagarán las facturas de la luz sin abonar por los aumentos.

El Ministerio de Energía y Minería ordenó a Edenor y Edesur que tomen las acciones para cobrar, en cuatro cuotas mensuales y sin recargo, las facturas impagas de luz.

 

La resolución 197-E señala que en relación con los montos no abonados (facturados o no facturados a la fecha de la presente medida) por los usuarios del servicio de distribución de energía eléctrica de jurisdicción federal, "el ENRE instruirá a Edenor S.A. y a Edesur S.A. a los efectos que adopten las medidas necesarias para posibilitar su pago en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en el mes de octubre de 2016".

 

Por la misma resolución publicada este miércoles en el Boletín Oficial, se instruye a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) a facilitar la cancelación de los montos que deban abonarle los Agentes Distribuidores y Grandes Usuarios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) (facturados o no facturados), por haber quedado sin efecto las distintas medidas cautelares que suspendieran transitoriamente la aplicación de los ajustes de los cuadros tarifarios.

 

Algunas de las medidas cautelares fueron revocadas por instancias judiciales superiores y otras han perdido eficacia en función de lo dispuesto en la normativa vigente, y en consecuencia, quedó pendiente determinar la forma en que se percibirán los montos no abonados por los Agentes Distribuidores y Grandes Usuarios del MEM a Cammesa.

 

Por lo expuesto, Cammesa deberá posibilitar el pago de los montos adeudados en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago, la primera de ellas, con vencimiento en octubre de 2016. (Télam)





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